CIRCULACION Y CICLISTAS

ciclista abogado trafico granada indemnizacion accidente seguridad vialCon la entrada en vigor de la nueva ley de tráfico el pasado 25 de mayo de 2010 se han incluido una serie aspectos que deben ser observados por los ciclistas y que afectan directamente a quienes la usan como medio de transporte, por tanto con este articulo pretendemos acercaros las novedades mas significativas para la correcta circulación y uso de las bici. Estas novedades abarcan diferentes aspectos tan diversos como el uso de alumbrado, ropa que debe portar el ciclista, lugar por el que deben circular, etc..

En primer lugar enumeramos una serie de obligaciones y prohibiciones:

  • Obligación de llevar alumbrado si circulan por la noche, entre el ocaso y la salida del sol.
  • Obligación de utilizar una prenda reflectante durante la noche, entre el ocaso y la salida del sol.
  • Obligación de llevar casco en vías interurbanas tanto para los ciclistas como para los pasajeros (niños menores de 7 años sentados en una silla homologada).
  • Obligación de de circular por los mismos sitios que los otros vehículos o por el carril bici si lo hubiera. Tienen que ir en el sentido de la circulación, nunca en dirección prohibida, y respetar todas las señales que rigen para el resto de los vehículos, incluidos los semáforos.
  • Está prohibido ir por autopistas y autovías, pero los conductores mayores de 14 años pueden circular por los arcenes de las autovías si no se prohíbe expresamente.
  1. En vías interurbanas.- Si no existe vía para ciclistas, hay que circular por el arcén si lo hay y si es transitable; si no lo es, utilizarán la parte imprescindible de la calzada para circular sin riesgo para sí mismos ni para otros usuarios de la vía. Es decir, circularán a la derecha para permitir adelantamientos, pero sin ceñirse tanto al borde que puedan ponerse en peligro.
  2. En vías urbanas.- Deben ir por la derecha.
  • Se deben indicar las maniobras al resto de los usuarios de la vía con tiempo suficiente.
  • Prohibido hacer uso de auriculares para escuchar música, radio, así como la telefonía móvil.
  • Prohibido circular dos personas en una bici. Sólo se permite la excepción cuando el ciclista, mayor de edad, transporta a un menor de 7 años en un sillín debidamente homologado.

Por otro lado los nuevos Derechos que incorpora:

  • Si van en grupo pueden ir en columna de a dos, siempre que no haya un tráfico complicado o esté reducida la visibilidad.
  • Aparcar la bici en las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones, siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones, aunque serán los municipios podrán regular su parada y estacionamiento.
  • Prioridad de paso.- En los mismos casos que otros vehículos, según lo determinen las señales.

También tienen prioridad cuando:

  1. Circulan por un carril bici
  2. Circulan por un paso para ciclistas
  3. Circulan por un arcén debidamente señalizado
  4. Cuando un vehículo a motor va a girar a derecha o izquierda para entrar en otra vía y el ciclista esté próximo
  5. Cuando circulando en grupo, el primero de los ciclistas ya haya iniciado el cruce o ha entrado en una rotonda.

ABOGADO TRAFICO GRANADA

Tfno: 606 252 713

 

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