VALOR VENAL

formula balthazar secuela concurrente abogado trafico granada indemnizacion accidente seguridad vialDentro del ámbito de los vehículo se llama valor venal al valor que tiene el vehículo justo antes de producirse el siniestro según su tasación de venta.

Para el cálculo de este valor el criterio determinante es la antigüedad y las características del vehículo, los peritos de las compañías tienen como referencia unos baremos en los que se aplican un porcentaje de depreciación según el tiempo que haya transcurrido desde el momento de compra, no se tiene en cuenta las reparaciones que haya tenido el vehiculo.

En caso de que nuestro vehículo haya sufrido un siniestro y sea declarado siniestro total, el concepto del valor venal debemos tenerlo en cuenta a la hora de ser indemnizados, normalmente si estamos dentro de los 2 primeros años desde la compra del vehículo, la compañía aseguradora del vehículo causante del siniestro nos indemnizara con el valor de nuevo del vehículo, es decir con la misma cantidad que nos costó. No ocurre los mismo para el caso de que hayan trascurrido mas de 2 años desde que compramos el coche, en este caso el criterio para ser indemnizados es el valor de tasación del vehículo antes del siniestro, es decir su valor venal, en consecuencia nos darán una cantidad menor.

En este segundo caso la jurisprudencia venia entendiendo que con la indemnización del valor venal del vehículo no se respondía a criterios realmente reparadores, lo que dio lugar a un nuevo concepto, el llamado valor de afección. El valor de afección es un valor que se incrementa al valor venal, que en ocasiones puede llegar incluso al 50%. Este incremento responde o intenta cubrir los gastos e inconvenientes que soporta la persona que ha perdido su vehículo en su siniestro y pretende adquirir otro.

ABOGADO TRAFICO GRANDA

Tfno: 606 252 713

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  1. #1 por PóluxCrivillé el abril 24, 2012 - 13:46

    Hola Sergio y gracias (una vez más) por estas aleccionadoras entradas. Me surge una duda con ésta. Supongamos que tengo una moto de más de 2 años y, por motivo de un accidente, me la han declarado siniestro total, (una moto con «cuatro arañazos», ya es siniestro…) ¿no existe la posibilidad de reclamarle al seguro una moto de similares características (si no igual) a la tuya en lugar de aceptar los 1.000€ de su hipotético valor venal + valor de afección?

    Gracias de antemano,

    V’sSs

    PóluxCrivillé

    • #2 por Sergio Ferrer el abril 24, 2012 - 17:23

      Buenas Tardes PóluxCrivillé, grcias por tus comentarios. Respecto a la duda que planteas se pueden plantear varias opciones:

      A) Valor venal mas afección.

      B) Valor intermedio entre importe presupuestado de reparación y valor venal. Alguna Jurisprudencia contempla partir por la mitad la diferencia entre ambos valores.

      C) Valor de mercado. El importe mínimo con el que el perjudicado puede adquirir un vehículo en el mercado de segunda mano, con las mínimas garantías de funcionamiento.

      D) Factura.- Arreglar el vehículo y reclamar el importe de la factura

      Si necesitas alguna aclaración mas, no dudes en preguntar, saludos

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