La Carta Verde

carta verde abogado accidente trafico granada indemnizacion accidente seguridad vialLa Carta Verde, llamada así por su color, es un Certificado Internacional de Seguro acreditativo de que un vehículo dispone de seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria en un país extranjero adherido a este sistema, y así mismo, que el país de procedencia de vehículo pertenece al Convenio Multilateral de Garantía.

La Carta Verde es un documento reconocido en más de 40 países, incluyendo todos los países que forman parte dela Unión Europea. A través de la oficina nacional de cada país se responsabiliza de las consecuencia de siniestros causados por coches extranjeros con carta verde, en España la oficina encargada se llama OFESAUTO.

El Convenio Multilateral de Garantía fue firmado por varios países, entre ellos España, y en líneas generales dispone que el seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio suscrito para un vehículo con estacionamiento habitual en cualquiera de los países firmantes, es válido para todos los países que forman parte del Convenio. La idea originaria del convenio fue asegurar que un perjudicado en un accidente cobre la indemnización que le corresponda, independientemente del país de procedencia del vehículo, o del país donde se produzca dicho accidente.

La legislación española lo recogió inicialmente en el artículo 4 del Decreto 632/1968, derogado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre que establece, en el  párrafo primero del Art. 4:

«1. El seguro obligatorio previsto en esta Ley garantizará la cobertura de la responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles con estacionamiento habitual en España, mediante el pago de una sola prima, en todo el territorio del Espacio Económico Europeo y de los Estados adheridos al Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y de otros Estados asociados.»

¿Qué ocurre si se produce un siniestro con un vehículo español en un Estado diferente, pero adherido al Convenio?. La respuesta a esta cuestión variará en función de que dicho Estado sea o no uno de los que conformala Unión Europea

  • Si lo es se aplicarán los límites de indemnización previstos en dicho Estado, salvo en el supuesto que esos límites sean inferiores a los que se aplican en el estado Español, en cuyo caso se aplicarían los de España.
  • Si no lo es, se aplicarán los límites de indemnización fijados por el Estado donde ocurra el siniestro.

En cualquier caso, es muy conveniente disponer del seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria en vigor en los países que el usuario vaya a visitar, ya que, en caso contrario, la diferencia entre lo que cubra el obligatorio y lo que realmente se tenga que indemnizar, lo pagará el causante del siniestro.

ABOGADO TRAFICO GRANADA

Tfno: 606 252 713

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