D.ª Maria del Carmen H. M. sufre un accidente de tráfico resultando lesionada, a la fecha del siniestro cuenta con 36 años de edad, es Ama de casa. Para alcanzar la sanidad de sus lesiones tardó en curar 106 días, 7 de estos días estuvo ingresada en la UCI, 17 días de ingreso hospitalario, 12 días impedida actividades esenciales, 26 días impedida para realizar un parte relevante de las actividades esenciales de la vida ordinaria, fue operado en 1 ocasión, ha tenido que hacer frente a gastos médicos por importe de 2.300 euros y otros gastos diversos por desplazamiento de sus familiares los primeros 7 días, por importe de 685,00 €.
Baremo aplicable actualización para 2016, Ley 35/2015, por lo que la cantidad correspondiente por sus lesiones es la siguiente:
Perjuicio Personal Básico – Tabla 3.A |
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Circunstancias |
Días |
Importe |
Total |
Perjuicio Personal Básico |
44 |
30 euros |
1.320,00 euros |
Perjuicio Personal Particular – Tabla 3.B |
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Circunstancias |
Días |
Importe |
Total |
Muy Grave |
7 |
100 euros |
700,00 euros |
Grave |
29 |
75 euros |
2.175,00 euros |
Moderado |
26 |
52 euros |
1.352,00 euros |
Intervención Quirúrgica |
1 |
400 a 1.600 |
400,00 euros |
Perjuicio Patrimonial – Tabla 3.C |
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Daño Emergente | |||
Gastos de Asistencia Sanitaria |
2.300,00 euros |
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Otros Gastos |
685,00 euros |
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Lucro Cesante | |||
Lucro |
746,33 euros |
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TOTAL |
9.678,33 euros |
- Lucro.- SMI 9.080,40 euros / 365 = 24,87 euros x 30 = 746,33 euros
Art. 143.4.- La dedicación a las tareas del hogar se valorará en la cantidad diaria de un salario mínimo interprofesional anual hasta el importe máximo total correspondiente a una mensualidad en los supuestos de curación sin secuelas o con secuelas iguales o inferiores a tres puntos. En los demás casos se aplicarán los criterios previstos en el artículo 131 relativos al multiplicando aplicable en tales casos.
FERRER ~ MOLINA Bufete de Abogados
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