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CANJE CARNET DE CONDUCIR
Publicado por Sergio Ferrer Molina en Supuestos Practicos el noviembre 7, 2011
En el artículo de esta semana os daremos unos consejos para llevar a cabo el canje del carnet de conducir obtenido en los siguientes países: Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Croacia, Ecuador, Marruecos, Perú, República Dominicana, Paraguay, Uruguay, Venezuela, Brasil, El Salvador, Filipinas, Guatemala y Serbia con en el carnet de conducir español. Leer el resto de esta entrada »
LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA ABSUELVE A UN CONDUCTOR EBRIO PORQUE HUYÓ CON PERICIA
Publicado por Sergio Ferrer Molina en Actualidad el mayo 9, 2011
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha absuelto a un conductor que el 8 de abril de 2010 se saltó un control de alcoholemia, huyó de los agentes y después dio positivo, porque fue capaz de huir llevando a a cabo «una conducción plena de pericia y velocidad».
Los magistrados llegan a esta conclusión, a pesar de que el conductor dio tasas de alcohol de 0,45 y 0,43 gramos alcohol por litro de aire espirado en las pruebas realizadas, y de que mostraba evidencias de alta afectación por el alcohol, tales como habla pastosa y ojos rojos, según manifestaron los agentes, llegando incluso a rebasar en su huida todos los semáforos que encontró en su trayectoria.
Esta sentencia ha anulado la que le fuera impuesta por el Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, por la que se había condenado al conductor a una pena de multa de 1.080 euros, un año de privación del carné de conducir y 33 días de trabajos comunitarios. Los jueces califican de «absurda» la sentencia condenatoria porque «no tiene ningún sentido» que estuviera ebrio y, sin embargo, «fuera capaz de mantener mínimamente el control de su vehículo mientras tomaba las curvas a gran velocidad y hacía incluso derrapajes utilizando el freno de mano».
Para ser condenado por un delito de conducción bajo los afectos del alcohol con una tasa superior a los 0,25 gramos (el delito se comete automáticamente si se superan los 0,60), hay que demostrar que el conductor tiene sus capacidades mermadas por el alcohol.
Articulos relacionados: ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A HACER LA PRUEBA DE ALCOHOLEMIA?
Fuente: www.20minutos.es
ABOGADO TRAFICO GRANADA
Tfno: 606 252 713
EL TRIBUNAL SUPREMO DECLARA QUE LA HIPOTECA SE PARAGÁ A PARTES IGUALES EN CASO DE DIVORCIO
Publicado por Sergio Ferrer Molina en Actualidad el abril 25, 2011
El Tribunal Supremo ha establecido que el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para adquirir la vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio, por lo que en caso de divorcio deberán ser abonadas a partes iguales. Así lo ha indicado la Sala de lo Civil del alto tribunal en una sentencia, en la que acuerda fijar doctrina al existir al respecto jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales.
El Supremo ha estimado el recurso de Javier M.D. contra la sentencia dictada en septiembre de 2007 por la Audiencia Provincial de Valencia que imponía al progenitor una mayor contribución al pago del préstamo hipotecario teniendo en cuenta sus posibilidades económicas y considerándolo como «aportación dentro de la pensión alimenticia». Antes de acudir al Supremo, el hombre recurrió a la Audiencia Provincial la decisión de un juzgado de Lliria (Valencia) que ordenó que pagara el 80 por ciento de las cuotas mensuales de la hipoteca tras el divorcio.
En una sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca Trías, el Supremo se ha hecho eco de las sentencias contradictorias que han emitido diferentes Audiencias Provinciales en relación con el carácter que ostenta el crédito hipotecario. De este modo, ha fijado que el pago de las «cuotas de la hipoteca correspondiente a la hipoteca contratada por ambos cónyuges para la adquisición de la propiedad del inmueble destinado a vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales, y no una carga del matrimonio».
Fuente: www.elpais.com
ABOGADO TRAFICO GRANADA
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