Seguro Obligatorio y Seguro Voluntario

seguro voluntario obligatorio abogado trafico granada indemnización accidente seguridad vialComo sabemos la ley establece la obligación a los propietarios de vehículos a motor abogado accidente trafico granada indemnización de contratar y mantener una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil del conductor, tanto para daños materiales como personales, que se hayan podido producir con ocasión de un hecho de la circulación, hasta un determinado limite legal.

Puede ocurrir que conductor, propietario y tomador de la póliza no sean la misma persona, por este motivo, la obligación de aseguramiento se centra en que quede cubierta la responsabilidad civil del conductor, no del propietario o tomador, toda vez que será este en su condición de conductor quien sea responsable del siniestro. 

La póliza de seguro obligatorio cubre como hemos indicado, los daños materiales y personales hasta un limite establecido por la ley, por este motivo es conveniente contratar un complemento a este seguro obligatorio (SOA), que cubra el exceso de ese importe máximo, para el caso que la indemnización que le pudiera corresponder al perjudicado superara ese máximo, habida cuenta que de no existir ese complemento será el conductor quien responda de ese exceso con su patrimonio. Ese complemento es el denominado como seguro voluntario.

Seguro Obligatorio.- Es seguro cobre responsabilidad civil del conductor derivada de un hecho de la circulación, hasta un limite. Sin embargo no cubre los daños materiales que pueda sufrir el vehículo asegurado, tampoco quedan cubiertos los daños personales del conductor. Por el contrario, el seguro obligatorio si cubre los daños que sufran los ocupantes del vehículo asegurado, toda vez que estos tiene la condición de terceros frente a la aseguradora.

Seguro Voluntario.- Las compañías aseguradoras ofrecen la posibilidad de ampliar las coberturas del seguro obligatorio, contratando un seguro voluntario de responsabilidad civil. Este seguro voluntario permite ampliar el límite fijado en el SOA, y cubrir así las indemnizaciones que lo superen, evitando que el patrimonio del conductor se vea comprometido. Este seguro voluntario es de vital importancia en los casos en que las compañías tiene intención de repetir sobre el conductor las cantidades abonadas, es decir ejercitar el derecho de repetición.

Junto con estas dos modalidades de seguro, existe una tercera posibilidad que amplia aun más las coberturas, es el conocido comúnmente como “Todo Riesgo”

Seguro Todo Riesgo.- Con este seguro se puede cubrir tanto los daños materiales del vehiculo asegurado, como los daños personales del conductor. Respecto a los daños materiales habrá que atender al valor venal del vehículo en el momento del siniestro.

FERRER ~ MOLINA Bufete de Abogados

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